Negocios

Qué es el término de giro y cuándo hacerlo

6 de julio de 2026 · ESBUENISIMO LABS

El término de giro es el trámite mediante el cual una persona o empresa informa al Servicio de Impuestos Internos que dejará de realizar la actividad económica declarada, cerrando formalmente sus obligaciones tributarias asociadas a ese negocio. Es el proceso inverso al inicio de actividades, y omitirlo cuando corresponde puede generar obligaciones tributarias que siguen acumulándose aunque el negocio ya no esté operando en la práctica.

Qué es el término de giro

Al hacer término de giro, el contribuyente cierra su relación tributaria con el SII respecto de esa actividad económica específica, dejando de estar obligado a declarar IVA mensual, PPM o renta anual asociada a ese giro. En el caso de sociedades, el trámite suele acompañarse de la disolución formal de la empresa ante otros organismos, dependiendo del tipo de sociedad constituida.

Cuándo hacer el término de giro

  • Cuando un negocio deja de operar definitivamente y no va a retomar la actividad declarada.
  • Cuando una sociedad se disuelve formalmente y deja de existir como entidad legal.
  • Cuando un profesional independiente deja de emitir boletas de honorarios de forma permanente.
  • Cuando dos o más empresas se fusionan y una de ellas deja de operar bajo su RUT original.
  • Cuando cambia radicalmente el giro del negocio y se decide cerrar la actividad anterior en vez de solo modificarla.

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El término de giro cierra formalmente las obligaciones tributarias de un negocio ante el SII.

Cómo hacer el término de giro paso a paso

El trámite se inicia en el sitio del SII, donde el contribuyente declara el cese de la actividad económica. El sistema calcula si existen impuestos pendientes de pago hasta la fecha del cierre, considerando el IVA, la renta y cualquier otra obligación asociada al giro. En muchos casos, especialmente para contribuyentes con situación tributaria simple y sin deudas pendientes, el SII ofrece un proceso de término de giro simplificado que se resuelve completamente en línea, sin necesidad de una fiscalización presencial.

EscenarioVía de término de giro
Persona natural o empresa con situación tributaria simple, sin deudasTérmino de giro simplificado, en línea
Empresa con deudas tributarias pendientes o situación más complejaProceso ordinario, que puede requerir revisión por parte del SII
Sociedades que se disuelven formalmenteTérmino de giro junto con la disolución legal ante notaría y registro correspondiente

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El término de giro simplificado permite cerrar la actividad económica en línea cuando la situación tributaria es simple.

Qué pasa si no se hace el término de giro

Si un negocio deja de operar sin hacer el trámite de término de giro, sigue generando obligaciones tributarias formales ante el SII: declaraciones mensuales pendientes, posibles multas por no declarar y, con el tiempo, un historial de incumplimiento que puede afectar la situación tributaria del contribuyente incluso para actividades futuras. Es un error común entre emprendedores que simplemente dejan de vender o de operar sin cerrar formalmente el negocio ante el SII.

Así como es clave hacer bien el inicio de actividades al comenzar un negocio, cerrarlo correctamente con el término de giro evita arrastrar obligaciones tributarias de una actividad que ya no existe.

Preguntas frecuentes

¿El término de giro tiene costo?

El trámite ante el SII no tiene un costo directo, aunque si existen impuestos pendientes de pago al momento del cierre, esos montos deben regularizarse como parte del proceso. Si se requiere asesoría contable o legal para el cierre, esos servicios sí pueden tener costo.

¿Puedo hacer término de giro si tengo deudas con el SII?

Es posible, pero el proceso deja de ser el simplificado en línea y pasa a un trámite más detallado donde se debe regularizar la deuda antes de que el SII autorice el cierre formal de la actividad.

¿Qué pasa con las facturas o boletas emitidas antes del término de giro?

Deben quedar debidamente declaradas en los períodos correspondientes antes de cerrar la actividad, ya que el término de giro exige que toda la situación tributaria previa esté resuelta o correctamente informada al SII.

¿El término de giro elimina el RUT de la empresa?

En el caso de sociedades, el término de giro suele ir acompañado de la disolución legal de la empresa, lo que efectivamente termina su existencia como entidad. En el caso de una persona natural, el RUT personal se mantiene, solo se cierra la actividad económica específica declarada.

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